
El nuevo borrador de la CUME presentado por el Gobierno ha encendido las alarmas entre muchas familias. En este artículo analizamos los principales cambios propuestos, las críticas planteadas por ASFACUME y las acciones impulsadas para intentar modificar el texto antes de su aprobación definitiva.
Importante: el texto analizado es un borrador sometido a audiencia pública y todavía puede modificarse antes de su aprobación definitiva. Los cambios descritos no son todavía normas en vigor.
Si consideras que esta reforma puede perjudicar a las familias CUME, todavía estás a tiempo de actuar. El plazo para presentar alegaciones finaliza el 25 de junio y ASFACUME ha puesto a disposición de las familias diferentes iniciativas para mostrar su rechazo y solicitar cambios en el texto.
Qué encontrarás en este artículo
1. ¿Qué es la CUME?
La CUME es una prestación económica destinada a compensar la pérdida de ingresos de madres, padres o tutores que reducen su jornada laboral para cuidar de un menor con cáncer u otra enfermedad grave que requiere cuidados directos, continuos y permanentes.
Actualmente está regulada por el Real Decreto 1148/2011.
Para muchas familias no es una ayuda complementaria, sino la prestación que les permite compatibilizar el trabajo con los cuidados de su hijo o hija.
¿Por qué se quiere modificar la CUME según el nuevo borrador?
Según el Ministerio de Inclusión, la reforma busca adaptar la prestación a la realidad clínica actual, mejorar la seguridad jurídica y unificar criterios de gestión.
Sin embargo, numerosas familias y asociaciones consideran que algunos de los cambios propuestos podrían dificultar el acceso o el mantenimiento de la prestación en determinadas situaciones.
¿Por qué preocupa el nuevo borrador de la CUME?
Más allá de las modificaciones concretas, muchas familias comparten una preocupación común: la incertidumbre.
El nuevo reglamento sustituiría completamente la norma actual e introduciría conceptos cuya aplicación práctica genera dudas.
Términos como «vigilancia clínica constante», «terapias especializadas y complejas» o los nuevos requisitos de renovación han despertado el temor de que algunas situaciones actualmente protegidas puedan dejar de estarlo.
Como familia CUME, hay algo que tengo muy claro: las necesidades de cuidado no desaparecen porque cambie una norma.
A continuación repasamos los principales cambios que incorpora el borrador, las preocupaciones expresadas por las familias y las acciones impulsadas por ASFACUME durante el periodo de alegaciones.
2. Principales novedades y preocupaciones del nuevo borrador de la CUME
Si eres familia CUME, este borrador te afecta aunque actualmente tengas reconocida la prestación. Muchas de las dudas no se centran en las nuevas solicitudes, sino en cómo podrían revisarse o renovarse prestaciones ya concedidas.
1. Ampliación del catálogo de enfermedades, pero con criterios más restrictivos
Una de las novedades más destacadas del nuevo borrador de la CUME es la ampliación de las patologías que podrían dar acceso a la CUME. Entre ellas se encuentra el trastorno del espectro autista (TEA), una reivindicación histórica de muchas familias que hasta ahora quedaban excluidas.
Sin embargo, ASFACUME advierte de que esta ampliación puede perder gran parte de su efecto si, al mismo tiempo, se endurecen los requisitos para acceder o mantener la prestación.
La preocupación de muchas familias es que incluir una enfermedad en el catálogo no garantice el acceso a la CUME.
En muchos casos, como ocurre con el TEA o la parálisis cerebral infantil, no existe un ingreso de larga duración ni tratamientos clínicos que encajen en las nuevas definiciones del borrador.
La nueva regulación intenta concretar qué situaciones justifican la prestación y cómo debe acreditarse la necesidad de cuidados directos, continuos y permanentes. Entre ellas se incluyen:
- Ingreso de larga duración
- Hospitalización domiciliaria
- Tratamientos clínicos
- Terapias especializadas y complejas
Como familia CUME, una de las principales dudas que me genera este cambio es cómo se interpretarán estos conceptos en la práctica. Muchas familias temen que determinadas situaciones que hoy están protegidas puedan dejar de estarlo.
Por ejemplo: Un menor con autismo o parálisis cerebral infantil puede necesitar fisioterapia, psicología, terapia ocupacional o logopedia de forma continuada. Sin embargo, no siempre está claro si estas intervenciones encajarán en las nuevas definiciones del borrador. Esa incertidumbre es precisamente una de las principales preocupaciones de las familias.
2. Reconocimientos y prórrogas más largos
El borrador plantea ampliar los periodos iniciales de reconocimiento y las renovaciones posteriores hasta los 8 meses, reduciendo la frecuencia con la que las familias deben volver a acreditar la situación del menor.
Sin embargo, ASFACUME advierte de que esta mejora viene acompañada de nuevos requisitos que podrían dificultar las renovaciones.
Entre los cambios más relevantes destacan:
- Las renovaciones deberán ser firmadas por médicos especialistas en lugar del pediatra.
- Se introducen informes de inspección médica periódicos cada 2 años.
- Se limita la posibilidad de utilizar determinados informes emitidos fuera del sistema público.
- Se incorpora una advertencia específica para los facultativos sobre posibles responsabilidades derivadas de la emisión de los informes.

Como familia CUME, sé lo que supone depender de citas médicas, listas de espera y especialistas con agendas saturadas. Por eso este es uno de los puntos que más me preocupa del borrador.
Las familias no pueden controlar las listas de espera, pero sí sufrir sus consecuencias. Exigir más trámites y requisitos puede acabar penalizando a quienes ya afrontan importantes dificultades para acceder a la atención especializada.
Por ejemplo: La renovación cada 8 meses puede generar problemas cuando las citas médicas se retrasan o intervienen varios especialistas. En esos casos, algunas familias temen quedarse temporalmente sin prestación aunque las necesidades de cuidado no hayan cambiado.
3. Se incluye expresamente la escolarización
Durante años, algunas familias han sufrido extinciones de la CUME bajo el argumento de que, al acudir al colegio, el menor ya no necesitaba cuidados permanentes.
Numerosas sentencias han corregido esta interpretación, reconociendo que asistir al colegio no elimina la necesidad de cuidados fuera del horario escolar.
Sin embargo, algunas familias temen que el nuevo borrador de la CUME vuelva a generar dudas sobre esta cuestión. La nueva declaración médica obliga a indicar el horario del menor y existe preocupación por cómo podría utilizarse esta información en futuras valoraciones.
Como familia CUME, me preocupa que un avance tan importante como la escolarización inclusiva pueda terminar utilizándose para cuestionar la necesidad de cuidados que siguen existiendo fuera del entorno escolar.
Por ejemplo: En muchos casos, la escolarización resulta beneficiosa porque favorece el aprendizaje, la socialización y el desarrollo del menor. Aun así, la asistencia al colegio sigue siendo compatible con la necesidad de cuidado, terapias, tratamientos o citas médicas.
4. Extinción por prácticas formativas
Uno de los cambios que más preocupación está generando entre las familias aparece en las nuevas causas de extinción de la prestación.
El borrador contempla la pérdida de la CUME cuando determinadas prácticas formativas impliquen un alta en la Seguridad Social.
Según las asociaciones de familias, esta medida podría dificultar la reincorporación laboral de personas que llevan años fuera del mercado de trabajo debido a las necesidades de cuidado.
La prestación nació para compensar el impacto laboral que supone cuidar a un menor con una enfermedad grave. Por eso preocupa que intentar mejorar la empleabilidad o acceder a programas de formación pueda convertirse en un motivo para perderla.
Como familia CUME, me resulta difícil entender que una medida pensada para facilitar el regreso al empleo pueda acabar penalizando precisamente a quienes intentan dar ese paso.
Muchas familias temen verse obligadas a elegir entre mantener la prestación o intentar recuperar oportunidades laborales después de años dedicados al cuidado.
Por ejemplo: Imagina una madre que lleva ocho años fuera del mercado laboral cuidando de su hijo con una enfermedad grave. Encuentra un programa de formación con prácticas obligatorias para volver a trabajar.
Según el borrador, ese paso hacia la reincorporación laboral podría poner en riesgo una prestación de la que depende parte de la economía familiar.
5. Extinción de la prestación a los 26 años
Las asociaciones denuncian que el borrador mantiene el límite máximo actual de 26 años y no ofrece soluciones para las familias cuyos hijos continúan necesitando cuidados intensivos más allá de esa edad.
Muchas enfermedades, discapacidades complejas y trastornos del neurodesarrollo no desaparecen al alcanzar la vida adulta. En numerosos casos, las necesidades de apoyo, supervisión y cuidados directos continúan durante años e incluso pueden aumentar con el tiempo.
Las familias recuerdan que cumplir 26 años no supone una recuperación automática ni una reducción de las necesidades de cuidado. Sin embargo, la prestación se extinguiría igualmente.
Como familia CUME, me cuesta entender que una prestación vinculada a la necesidad de cuidados finalice por una cuestión de edad cuando esos cuidados siguen existiendo.
La principal preocupación no es solo perder la ayuda económica, sino la falta de alternativas para quienes continúan necesitando apoyos intensivos después de los 26 años.
Por ejemplo: Muchas enfermedades no desaparecen al cumplir los 26 años. En algunos casos incluso se vuelven más complejas debido a la evolución de la patología o al aumento de las necesidades de apoyo.
La prestación finalizaría igualmente aunque la familia siga prestando los mismos cuidados directos, continuos y permanentes.
6. Sustitución completa de la normativa actual
El Gobierno ha anunciado que el nuevo reglamento derogará íntegramente el Real Decreto 1148/2011 para crear una regulación actualizada y unificada.
Sin embargo, algunas familias y asociaciones temen que esta sustitución completa pueda afectar a parte de la jurisprudencia y de las interpretaciones que han permitido reconocer derechos durante los últimos años.
La preocupación no se centra únicamente en el nuevo texto, sino en la posibilidad de perder la protección conseguida tras años de reclamaciones y sentencias favorables.
Como familia CUME, me preocupa especialmente que situaciones ya reconocidas y respaldadas por resoluciones judiciales puedan volver a quedar sujetas a discusión.
Por ejemplo: Una familia que consiguió la prestación después de años de reclamaciones podría verse obligada a volver a acreditar circunstancias que hasta ahora ya estaban reconocidas.
3. ¿Por qué se habla de un "recorte encubierto"?

El nuevo borrador de la CUME no reduce directamente la cuantía de la prestación ni elimina de forma expresa colectivos completos del catálogo de enfermedades.
Sin embargo, muchas familias y asociaciones consideran que el efecto práctico podría ser similar a un recorte si los nuevos requisitos terminan dificultando el acceso o la renovación de la CUME.
Según ASFACUME, el riesgo no está en que la prestación desaparezca sobre el papel, sino en que resulte más difícil obtenerla o mantenerla en la práctica.
La preocupación no está solo en quién podrá solicitar la prestación en el futuro. También preocupa qué ocurrirá con las familias que ya la tienen reconocida y podrían enfrentarse a nuevos controles o más dificultades en las renovaciones.
Como familia CUME, entiendo perfectamente por qué tantas familias están preocupadas. La cuestión no es solo qué cambia en la norma, sino cómo esos cambios pueden afectar a quienes ya dependen de esta prestación para seguir cuidando de sus hijos.
Lo que está en juego es si miles de menores que continúan necesitando cuidados directos, continuos y permanentes podrán mantener la protección para la que fue creada esta prestación.
📍¿Puede modificarse todavía el nuevo borrador de la CUME?
Sí. El texto se encuentra actualmente en fase de audiencia pública y todavía puede modificarse antes de su aprobación definitiva.
El plazo para presentar alegaciones por parte de asociaciones, entidades y familias finaliza el 25 de junio de 2026. Hasta esa fecha, cualquier persona interesada puede trasladar sus observaciones y solicitar cambios en aquellos aspectos que considere perjudiciales para las familias afectadas.
Si eres familia CUME o formas parte de una asociación, todavía estás a tiempo de participar en este proceso. Puedes acceder a este enlace para presentar alegaciones.
Además, el 18 de junio de 2026, el Congreso de los Diputados aprobó una moción instando al Gobierno a reforzar y ampliar la protección de la CUME. Aunque no tiene efectos legislativos directos, refleja la importancia que este debate ha adquirido a nivel político y social.
Como familia CUME, creo que este es el momento de que las familias afectadas hagan oír su voz. El texto todavía puede cambiar y la participación en el proceso de alegaciones puede resultar decisiva.
4. ¿Qué podemos hacer ante el nuevo borrador de la CUME?
El borrador todavía no ha sido aprobado definitivamente y aún existe margen para que se introduzcan cambios. Por eso, ASFACUME y numerosas entidades han puesto en marcha distintas iniciativas para defender los derechos de las familias CUME y reclamar una revisión profunda del texto.
Las familias y entidades impulsoras consideran que la reforma debería ampliar la protección existente. También reclaman que se incorporen propuestas trasladadas durante años a las administraciones.
1. Adherirse al manifiesto
ASFACUME ha elaborado un manifiesto en el que rechaza el texto actual y reclama una reforma que amplíe la protección de las familias en lugar de restringirla.
El documento denuncia que muchas de las necesidades planteadas durante años por las familias cuidadoras no han sido recogidas adecuadamente en el borrador y solicita que se incorporen medidas que refuercen la prestación.
Más de 290 asociaciones de pacientes, discapacidad y apoyo familiar se habían adherido al manifiesto pocos días después de su publicación, y la cifra continúa creciendo.
Esta amplia respuesta muestra que la preocupación va más allá de las familias que actualmente perciben la CUME. También afecta a entidades vinculadas con la discapacidad, las enfermedades raras, la atención temprana y otras situaciones de vulnerabilidad.
2. Firmar la petición ciudadana
ASFACUME ha impulsado una campaña de recogida de firmas para solicitar la retirada o revisión profunda del borrador.
La petición ya supera las 9.500 firmas y continúa sumando adhesiones.
👉 Puedes firmar la petición y compartirla con otras familias, profesionales y entidades.
3. Presentar alegaciones
El borrador se encuentra actualmente en fase de audiencia pública, por lo que cualquier persona interesada puede presentar alegaciones antes de su aprobación definitiva.
Las alegaciones permiten trasladar directamente al Ministerio las preocupaciones de las familias y proponer modificaciones concretas al texto.
👉 Puedes acceder aquí al procedimiento para presentar alegaciones.
4. Difundir la información
Numerosas familias y asociaciones están compartiendo información sobre el borrador en redes sociales y grupos de apoyo.
El objetivo es visibilizar el impacto que estos cambios podrían tener sobre miles de menores con enfermedades graves y sus familias.
👉 En la web de ASFACUME encontrarás materiales informativos para compartir.
5. Contactar con medios de comunicación
Los medios de comunicación pueden ayudar a que las preocupaciones de las familias lleguen a la opinión pública y a los responsables políticos antes de que el nuevo reglamento sea aprobado definitivamente.
Si conoces periodistas, medios locales, emisoras de radio, programas de televisión o publicaciones especializadas, puedes ayudar a difundir esta situación compartiendo información contrastada, testimonios personales o los materiales elaborados por ASFACUME.
Las experiencias reales de las familias ayudan a trasladar a la opinión pública que detrás de cada expediente hay menores con necesidades de cuidados continuos, directos y permanentes, así como familias que dependen de esta prestación para poder conciliar el cuidado con su actividad laboral.
👉 Cuanta más visibilidad tenga este debate, más difícil será que las preocupaciones de las familias pasen desapercibidas durante la tramitación del nuevo reglamento.
6. Mantener la movilización
La experiencia de las familias demuestra que muchos de los avances conseguidos durante los últimos años han sido posibles gracias a la movilización social, el trabajo de las asociaciones y las resoluciones judiciales favorables.
Para muchas familias, la prestación CUME no representa únicamente una ayuda económica. Constituye la herramienta que permite compatibilizar los cuidados intensivos que requiere un menor gravemente enfermo con la continuidad laboral de sus progenitores.
Por ese motivo, el contenido final de esta reforma puede tener un impacto directo en miles de hogares.
El texto todavía puede modificarse. Por eso, muchas familias consideran que este es el momento de participar, informarse y hacer oír su voz antes de la aprobación definitiva del nuevo reglamento.
La enfermedad no desaparece cuando termina una hospitalización, cuando un menor cumple determinada edad o cuando cambia una norma. Los cuidados continúan, y muchas familias reclaman que la protección también continúe.
5. Preguntas frecuentes
¿Qué es la CUME?
La CUME (Prestación para el Cuidado de Menores afectados por Cáncer u otra Enfermedad Grave) es una ayuda económica que permite a uno de los progenitores reducir su jornada laboral para cuidar de un hijo o hija con una enfermedad grave, compensando parte de la pérdida de ingresos.
¿Está aprobado el nuevo borrador de la CUME?
No. Actualmente no ha sido aprobado de forma definitiva. Las organizaciones de familias y pacientes han presentado alegaciones porque consideran que algunos cambios podrían restringir el acceso o la continuidad de la prestación para determinados menores.
¿Desaparece la CUME con el nuevo borrador?
No. La prestación no desaparece. Sin embargo, el borrador introduce cambios en los criterios de valoración y seguimiento que, según diversas asociaciones, podrían dificultar el acceso o provocar la extinción de la ayuda en algunos casos donde siguen existiendo necesidades de cuidado directo, continuo y permanente.
¿Qué menores podrían verse más afectados por los cambios propuestos?
Según las asociaciones de familias, los cambios podrían afectar especialmente a menores con enfermedades crónicas, discapacidad, trastornos del neurodesarrollo o patologías que requieren terapias continuadas, cuando estas no sean consideradas tratamientos clínicos complejos por los órganos evaluadores.
¿Las familias pueden presentar alegaciones al borrador?
Sí. Durante los periodos de consulta pública, las familias, asociaciones y entidades pueden presentar alegaciones y propuestas de modificación para solicitar cambios en el texto antes de su aprobación definitiva.
¿Quién decide si una familia mantiene la prestación CUME?
La evaluación corresponde a los organismos competentes y a las entidades gestoras de la prestación, que revisan periódicamente la situación del menor y la necesidad de cuidados. Las asociaciones reclaman que estos criterios sean claros, homogéneos y adaptados a la realidad de cada enfermedad.
¿Qué reclaman las asociaciones de familias afectadas?
Las asociaciones solicitan que se mantenga la protección de todos los menores que necesitan cuidados directos, continuos y permanentes, evitando interpretaciones restrictivas que puedan dejar sin cobertura a familias que siguen afrontando importantes necesidades de atención y acompañamiento.
¿Cómo pueden colaborar las familias para defender la CUME?
Las familias pueden participar en campañas informativas, contactar con representantes políticos, apoyar las acciones de las asociaciones especializadas y difundir información verificada sobre el impacto que tendría la reforma en los menores afectados.
¿Cuándo podría entrar en vigor el nuevo borrador de la CUME?
Actualmente el texto se encuentra en fase de audiencia pública y todavía puede modificarse antes de su aprobación definitiva. Una vez finalizado este proceso, el Gobierno deberá analizar las alegaciones recibidas, aprobar la versión definitiva y publicar la nueva norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
No es posible conocer con certeza la fecha de entrada en vigor. Sin embargo, en el escenario más desfavorable para las familias, los cambios no serían inmediatos. El borrador prevé que la futura norma entre en vigor tres meses después de su publicación en el BOE. Antes deberá finalizar la tramitación administrativa y aprobarse la versión definitiva.
Por este motivo, las asociaciones insisten en que todavía existe margen para presentar alegaciones, impulsar modificaciones y participar en el debate público sobre el futuro de la prestación.
¿Me pueden quitar la CUME automáticamente si ya la tengo reconocida?
No. El borrador todavía no ha sido aprobado y, en cualquier caso, será necesario conocer la redacción definitiva y el régimen transitorio que finalmente se apruebe para determinar cómo afectarían los cambios a las prestaciones ya reconocidas.